Se cubren los daños por caída del rayo (descarga eléctrica de origen atmosférico) y las pérdidas materiales por el impacto directo del rayo. Siempre y cuando el bien asegurado se encuentre dentro de un radio máximo de 1km en el lugar que impactó el rayo. Quedan incluidos los daños eléctricos derivados de la caída del rayo.